Lo que hay que saber...

 

Nuevos préstamos directos del ICO para autónomos y PYMES.

Nuevos préstamos directos del ICO, para autónomos y pymes, en colaboración con BBVA y Banco Santander Autónomos y pymes pueden solicitar, desde el 15 de junio de 2010, los nuevos préstamos ICO directo, dirigidos a facilitar financiación para inversiones empresariales o circulante.

La principal novedad de esta medida es que el ICO recibe directamente las solicitudes, realiza el análisis de la operación, determina las garantías a aportar y decide sobre la concesión del préstamo, asumiendo el 100% del riesgo.

Una vez aprobado, serán BBVA o Santander los encargados de formalizar y realizar el seguimiento de la operación.

Beneficiarios

.-La línea que se pone en marcha no pretende competir con las entidades financieras,sino complementar y dinamizar las posibilidades de financiación de las empresas. En este sentido, se han identificado tres tipos de empresas que pueden acogerse a lalínea ICO directo:

a.. Las que han solicitado un préstamo previamente, pero ha sido rechazado.
b.. Las que han obtenido préstamos por las entidades financieras, pero en cuantías menores de las solicitadas. En este caso podrán solicitar la financiación complementaria a través de ICO directo.
c.. Las empresas o autónomos que tienen actualmente cubiertas sus necesidades de financiación, pero con expectativas de seguir incrementando su actividad.

Características

La Línea ICO directo está dirigida a pymes y autónomos con más de un año de antigüedad que necesiten financiación de hasta 200.000 euros para nuevas inversionesn o liquidez. Los plazos de amortización de los préstamos son de siete años con dos de carencia para los préstamos destinados a la inversión, y de tres años con uno de carencia para los de liquidez.

El tipo de interés es único para las dos modalidades y es Euribor a 6 meses + 3,50%.

Los préstamos tienen una comisión de apertura de 0,50%.

Tramitación

Los autónomos y pymes interesados en obtener esta financiación deben entrar en la siguiente página web habilitada por el ICO www.facilitadorfinanciero.es y darse de alta como usuarios.

Una vez hecho el registro, es necesario completar los datos que se solicitan relativos a la empresa y a la solicitud de crédito y que son los siguientes:

a.. Datos básicos relativos a la identificación del usuario.
b.. Datos financieros con información económica-financiera del usuario solicitante .
c.. Datos de la operación financiera que se desea solicitar.
d.. Información relativa a las garantías aportadas en la operación.
e.. Comentarios adicionales.
Una vez cumplimentada la solicitud se hace un primer análisis de riesgo con el objetivo de verificar si la solicitud cumple los requisitos mínimos exigidos. Tras ese primer análisis se solicitará al autónomo o pyme la presentación de la documentación que certifique la información introducida, así como las garantías a aportar.

Una vez aportada esta documentación, se completa la evaluación de la operación y se decide sobre la concesión del préstamo, que se comunicará por correo electrónico.

Si el resultado es positivo, la entidad seleccionada, BBVA o Santander, se pondrá en contacto con el cliente para proceder a la formalización del préstamo.

Más información:

www.facilitadorfinanciero.es
(teléfono: 900 56 77 77)

(teléfono: 900 121 121)

 

Ley 2/2010 de 13 de Mayo de Comercio de Castilla La Mancha.

El Diario Oficial de Castilla la Mancha (www.jccm.es), ha publicado la Ley de Comercio de Castilla La Mancha.
Los objetivos que se han marcado esta ley comtempla la simplificación de diversos procedimientos y suprime aquellas trabas administrativas que se han considerado redundantes o innecesarias, buscando reducir la carga administrativa en términos de tiempo y coste efectivo. La eliminación de barreras de entrada en el mercado, con el subsiguiente incentivo de la competencia, ha de reportar beneficios tanto al consumidor, a través de los precios, como al progreso económico y social, mediante el incremento del productividad y del empleo.

 

Convocatoria de ayudas a la innovación en las pymes y medianas empresas.

La Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda publica en el Diario Oficial de Castilla la Mancha del 10 de Mayo de 2010 la convocatoria de ayudas del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas en Castilla la Mancha INNOEMPRESA 2007-2013.

Se subvencionan proyectos o actuaciones en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las pequeñas y medianas empresas según el Reglamento de la Comunidad Económica Europea Nº 800/2008 de la Comisión.

El plazo máximo para solicitarla es el 10 de Junio de 2010.


D.O.C.M. del 10.05.2010

 

Los autónomos podrán crear empresas con un procedimiento administrativo telemático único e integrado

El Consejo de Ministros ha aprobado en Marzo un Real Decreto que regula las condiciones de empleo del documento único electrónico (DUE) para la puesta en marcha de las empresas individuales (autónomos) mediante el sistema de tramitación telemática, una medida que hará a los emprendedores más fácil, rápido y cómodo la creación de empresas al aglutinar en una sola gestión varios elementos del procedimiento administrativo.

Con el Real Decreto aprobado se avanza en el proceso de simplificación de trámites administrativos y se permite al empresario autónomo realizar los trámites de creación de su empresa mediante el DUE y el procedimiento electrónico del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), un sistema de tramitación telemática que ya se utiliza para la constitución de sociedades limitadas.
A partir de ahora el emprendedor sólo tendrá que acceder a un Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) para la puesta en marcha de su empresa, consiguiendo así una tramitación única e integrada en un solo procedimiento administrativo.
La red de PAIT está integrada por más de 500 oficinas públicas y privadas que ofrecen servicios de información, asesoramiento y tramitación telemática a los emprendedores. Conforman la red de PAIT administraciones públicas de ámbito estatal, autonómico o local y entidades de ellas dependientes, cámaras de comercio, ventanillas únicas empresariales, organizaciones empresariales, colegios profesionales, así como profesionales colegiados a ellos (gestores, abogados, economistas, graduados sociales, etc.) siempre que lo soliciten y puedan acreditar las condiciones necesarias para realizar esta función.
De esta manera se evitan desplazamientos para realizar los trámites y el uso de formularios en papel, ya que el sistema de tramitación telemática del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio realizará la tramitación ante los organismos competentes a partir de los datos introducidos en el DUE.
Además, el propio empresario podrá iniciar la tramitación electrónica de su empresa directamente a través de Internet, mediante el PAIT virtual (http://www.circe.es).
Junto a los trámites con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (alta censal) y con la Seguridad Social (alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y, en su caso, afiliación y alta de trabajadores por cuenta ajena), se podrán realizar otros trámites, como la reserva del dominio de Internet “.es”, la notificación de ficheros de datos de carácter personal o la solicitud del nombre o la marca comercial.
El nuevo sistema de tramitación telemática a través del DUE supone la sustitución de hasta 12 formularios administrativos. Los formularios que se integran en el documento único son:
- Alta censal en la Agencia tributaria (036/037)
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (TA. 0521/1)
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de familiares colaboradores (TA. 0521/2)
- Inscripción del empresario en la Seguridad Social (TA 6)
- Apertura de cuenta de cotización (TA 7)
- Solicitud de formalización de la cobertura de Riesgos Profesionales con Entidad Gestora de la Seguridad Social (TA 16)
- Solicitud de: afiliación a la Seguridad Social, asignación de número de Seguridad Social (TA 1)
- Solicitud de alta de trabajador por cuenta ajena (TA 2)
- Solicitud de inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos (Formulario NOTA)
- Solicitud de dominio en internet “.es”
- Solicitud de registro de Marca (410 1i)
- Solicitud de registro de Nombre Comercial (430 1i)

 

Convenio para ayudar a las empresas en procesos de internacionalización.

La Junta de Comunidades de CLM ha firmado con la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación S.A. (CESCE)un convenio de colaboración que tiene como objetivo sensibilizar a las empresas de Castilla La Mancha en la prevención y cobertura de sus riesgos de crédito en el exterior.

Así se pone a disposición de las empresas todo tipo de herramientas para impulsar la internacionalización de sus productos y que esta internacionalización sea segura.

 

Ventanilla única digital.

Se ha puesto en marcha una ventanilla única digital (www.eugo.es) que permite realizar trámites administrativos de forma telemática y recabar toda la información necesaria para poner en marcha un negocio a través de Internet, independientemente de cuál sea la Administración competente.

 

Sepecam ofrece un nuevo servicio para empresas.


El Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, SEPECAM, es la herramienta del gobierno regional concebida para ayudar a las empresas a encontrar los trabajadores que precisan y también para formar y mejorar a sus recursos humanos.

El SEPECAM es un instrumento público al servicio de las empresas de Castilla-La Mancha, en especial de las pequeñas y medianas.

Ofrece, entre otras, ayudas y servicios gratuitos para:

.- Encontrar trabajadores
.- Un nuevo servicio modernizado de atención a las empresas, más ágil, rápido y cómodo, que atiende ofertas por teléfono, fax u otros sistemas, que asegura una respuesta antes de 48 horas y una comprobación previa de la disponibilidad de los candidatos por parte del SEPECAM.
Acceso a las bases de datos de todos los servicios de empleo de la Unión Europea, a través de la red EURES.

Formar a los trabajadores

Programas de formación "a la carta" de personas desempleadas, cuando la empresa se compromete a la contratación, por un periodo de 6 meses, de al menos el 40% de los participantes.
Módulos de formación y empleo, que combinan la formación y el empleo, hasta 6 meses, de trabajadores desempleados, cuando la empresa se compromete a contratar de forma indefinida una parte de los participantes.
Formación de trabajadores en activo, bien a través de los contrato-programa suscritos que el SEPECAM mantiene con los agentes sociales, o bien directamente, para empresas o grupos de empresas.

Desarrollar proyectos de innovación o crear nuevos empleos:

.- Subvenciones de los costes salariales, durante un año, para la contratación de jóvenes tecnólogos que desarrollen en la empresa proyectos de innovación y desarrollo, en colaboración con la Universidad o un Centro Tecnológico.
.- Subvenciones directas para la creación de puestos de trabajos en nuevos yacimientos de empleo, o en empresas calificadas de I+E Apoyo técnico gratuito para la puesta en marcha de iniciativas empresariales.

Además el SEPECAM pone a disposición de las empresas o grupos de empresas un asesor de empleo, que les asesore directamente en el desarrollo de proyectos de recursos humanos de envergadura.